En economía y contabilidad, el devengo es el principio por el cual todo ingreso o gasto nace en la etapa de compromiso, considerándose en este momento ya como incremento o decremento patrimonial a efectos contables y económicos. Es un derecho ganado que todavía no se ha cobrado o una obligación contraída que todavía no se ha pagado.

El principio del devengo establece el criterio de imputación temporal de ingresos y gastos en función de la corriente real de bienes y servicios, en vez de hacerlo atendiendo a las corrientes monetarias que se produzcan. La aplicación del principio del devengo a la contabilidad proporciona una información más fiable y relevante que el principio de caja. Este criterio es uno de los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados a nivel internacional.

Reconocer las operaciones bajo este criterio implica que la operación se debe registrar en el momento en que ocurre el hecho económico que la genera, con independencia de si fue contratado, facturado, pagado o cobrado, o de su formalización mediante un contrato, factura o cualquier otro documento.[1]

En España, el Plan General de Contabilidad establece el devengo como uno de los principios obligatorios en el registro contable de ingresos y gastos, estableciéndolo de la siguiente manera:

El gasto devengado implica:

  • Una modificación cualitativa y cuantitativa en la composición del patrimonio de la respectiva jurisdicción o entidad, originada por transacciones con incidencia económica y financiera en el ejercicio.
  • El surgimiento de una obligación de pago por la recepción de conformidad de bienes o servicios oportunamente contratados por haberse cumplido los requisitos administrativos dispuestos para los casos de gastos sin contraprestación.
  • La liquidación del gasto y la simultánea emisión de la respectiva orden de pago del cumplimiento de los previstos anteriormente.
  • La afectación definitiva de los créditos presupuestarios asignados correspondientes.

El devengo en el Derecho tributario

En el Derecho tributario, el devengo de un impuesto expresa el momento en que se entiende realizado el hecho imponible y el momento en el que nace la obligación tributaria aunque esta no sea aun exigible. El momento del devengo marca los elementos de hecho relevantes para la aplicación del tributo, así como la legislación aplicable a la determinación de la deuda tributaria[2]

Ejemplos

Ejemplo

Dentro de la contabilidad, que tiene en cuenta el principio de lo devengado, es importante el tiempo, ya que siempre que se analizan situaciones la línea del tiempo colabora en la comprensión del tema.

Si una empresa contrata un empleado que trabaja durante un mes (por ejemplo, enero) y le paga el sueldo los primeros días de febrero, el gasto se debe reconocer como un resultado del mes en que el trabajo se devenga, es decir enero, sin importar si se pagó o no. Es decir, se registrará el gasto asignado a comercialización o administración del sueldo y registrar la deuda pendiente de pago. Los primeros días del mes siguiente, en el momento del pago, se da de baja el pasivo y la disminución de la caja o el banco, según corresponda

Ejemplo 2

Imaginemos que se trata de un servicio prestado en el ejercicio 2009, en concreto si compramos tres libras de cadera, en el mes de diciembre (al cierre de dicho mes se culminó el servicio, no habiéndose producido con anterioridad ningún otro supuesto que motive la emisión del comprobante de pago). Ahora bien, la empresa lo registró contablemente en el mes de enero de 2010, toda vez que la factura o el comprobante de pago fue emitido también en enero de 2010. En este escenario, ¿afronta alguna contingencia la empresa usuaria del servicio?. Al parecer, sí. Ello, por cuanto el gasto, al corresponder al mes de diciembre de 2009, debió registrarse en dicho mes (diciembre). Adicionalmente a ello, cabe afirmar que la empresa tampoco podrá deducir dicho gasto en el ejercicio 2010, toda vez que el gasto era conocido previa y oportunamente por la empresa usuaria y además habrá de tomar en cuenta que la fecha de emisión del comprobante de pago ha sido emitido con fecha enero del ejercicio 2010 y no por el mes de diciembre del ejercicio 2009, podemos advertir lo contraproducente, fiscalmente hablando para una empresa que esta reciba un comprobante de pago en el cual se consigne una fecha de emisión que, en rigor, de cómo la introduce, se ajuste a la oportunidad prevista por la normativa específica (RCP) y que por ende no permita la sustentación del gasto respectivo, situación que exige a las empresas redoblar sus esfuerzos de solicitar a los proveedores la emisión de los comprobantes de pago de acuerdo a la normatividad vigente (RCP) y al final de cuentas estar supeditados a la decisión que tome el aludido proveedor.

Ejemplo 3

La venta, como hecho generador, se registra en el momento de la facturación, sin considerar si se ha cobrado o no.

Ejemplo 4

Alquileres pagados por adelantado, es cuando una persona necesita alquilar un inmueble para desarrollar su actividad; al momento del pago realiza el registro correspondiente al alquiler pagado reflejando el derecho de uso que se devengará a los treinta días una vez que transcurre el plazo de uso del inmueble, registrando el gasto correspondiente al área asignada.

Contrariamente existen alquileres cobrados por adelantado, donde disponemos de inmuebles para renta, de igual manera se registrará la obligación de prestar en uso el inmueble por el tiempo abonado y luego se devengará reflejando el ingreso por el tiempo transcurrido.

Devengación contable

[3]

Postulado básico

Es el cuarto postulado básico de la NIF (Norma de Información Financiera) A-2 que debe tener la contabilidad.

Transacciones

Son las operaciones que realiza una entidad con una o varias entidades más, en la que se pretende obtener un beneficio económico.

Transformaciones internas

Son los cambios que, derivados de las decisiones internas modifican la forma de obtener lo recursos mismos de la entidad.

Otros eventos

Son los eventos internos y externos que no son decididos dentro de y por una entidad que en cierto modo se encuentran parcial o totalmente fuera de control de la misma y una vez que estos suceden la afectan económicamente

En su totalidad

El sistema de información contable debe incorporar, sin excepción, todos los efectos de las transacciones, transformaciones internas y otros eventos, que afectan económicamente a la entidad. Esto permite reunir un conocimiento suficiente y cabal de los hechos acaecidos en una entidad, que posteriormente servirán de base para informar sus aspectos relevantes en los estados financieros. Una vez que todos los efectos han sido incorporados al sistema de información contable, la elaboración de información financiera como un producto derivado de dicho sistema, debe atender al cumplimiento de los objetivos de los estados financieros establecidos por la NIF A-3, así como a los requisitos de calidad contenidos en la NIF A-4.

Momento en el que ocurren

La contabilidad sobre una base de devengación (también llamada «contabilidad sobre una base acumulada» o «contabilidad sobre una base de acumulación») no solo capta transacciones, transformaciones internas y eventos pasados que representaron cobros o pagos de efectivo, sino también, obligaciones de pago en el futuro y recursos que representan efectivo a cobrar en el futuro. Las normas particulares determinan cuándo y bajo qué circunstancias serán objeto de reconocimiento contable.

Referencias


Fecha de devengo

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